Un fallo a la medida de la impunidad

El Máximo Tribunal declaró inconstitucional la resolución 183/2020 del Consejo de la Magistratura que desplazó a los jueces. El fallo le pide al Congreso una nueva ley que regule el traslado de jueces.

Por Pablo Nicoletti*

La Corte Suprema determinó que -los jueces- Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi permanezcan en sus cargos hasta que el Consejo de la Magistratura designe nuevos magistrados para esos puestos, es decir afecta su inamovilidad y como tal condiciona su imparcialidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina | Gobierno Abierto Judicial

Este fallo que salió tras una votación 4 a 1 (fundada en la mayoría integrada por Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco Highton, contra el voto de Carlos Rosenkrantz), el Máximo Tribunal restituyó a los jueces y mantuvo la validez de sus decisiones hasta que termine un nuevo concurso para cubrir los cargos.

Resolvió que los traslados nunca fueron considerados definitivos, porque no pueden sustituir al concurso, que es el único procedimiento que admite la Constitución. También le pide al Congreso una nueva ley que regule el traslado de jueces y declaró inconstitucional la resolución del Consejo de la Magistratura que los desplazó.

Bruglia y Bertuzzi era jueces de tribunal oral en Comodoro Py 2002 que, en 2018, ambos fueron trasladados a la Cámara Federal, donde confirmaron fallos contra Cristina Kirchner por corrupción.

Ahora Los jueces Bruglia y Bertuzzi continuarán en sus actuales cargos de modo “no definitivo”. Hasta tanto se dirima la cobertura de los cargos vacantes de acuerdo con el procedimiento constitucional, los jueces trasladados permanecerán en sus funciones.

Es decir, los jueces no volverán a sus cargos, pero sólo transitoriamente. Podríamos decir que la Corte terminó asemejando su situación a la de magistrados subrogantes -es decir suplentes- hasta que los puestos que ocupan sean cubiertos definitivamente luego de nuevos concursos organizados por el Consejo de la Magistratura, de acuerdo del Senado y una designación presidencial. Debemos recordar el gran problema que genero en el fuero federal el abuso de la “subrogancia de juzgados” como modalidad de designación lo cual también indirectamente afecta la imparcialidad.

Ahora bien, el fallo es cuestionable desde lo jurídico, dado que hay dos principios fundamentales de la doctrina que la mayoría de la Corte puso ahora en discusión. Uno es el de la “inamovilidad de los jueces”. Dado que Bruglia y Bertuzzi no saben hasta cuándo estarán en sus cargos.

Otro principio que está en duda a partir del fallo es el del “juez natural”, un valor imprescindible para la seguridad jurídica. ¿Qué garantías podrán tener los argentinos si no sabrán en adelante cuándo los juzgarán unos y quiénes los juzgarán después? ¿Hasta cuándo podrán seguir decidiendo Bruglia y Bertuzzi? ¿Cuándo dejarán de hacerlo? Es increíble que ese principio tan elemental del Estado de derecho haya sido puesto en discusión precisamente por la Corte Suprema, que es la instancia llamada a resguardar las garantías y los derechos de las personas, sin dudas es un fallo a la medida de la agenda de impunidad.


*El autor es abogado y Presidente del Comité Sección Primera UCR La Plata.

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