Por Diego José Breide*
Condenaron un médico por negarse a ejecutar un aborto de un bebé de 5 meses y medio de gestación. Hoy… tiene 3 años, presente y futuro. No está muerto… pero el médico está condenado. 1 año y dos meses de prisión en suspenso y 4 meses de inhabilitación.
Reconozco que resulta bastante trillado pedir prestado el título de la novela de García Márquez para describir un hecho, pero realmente no encuentro otra manera mejor para graficar lo ocurrido con el Dr. Leandro Rodríguez Lastra, cuya condena ha sido recientemente confirmada por el Tribunal de Impugnación de la ciudad de Viedma.
El caso ha sido ampliamente difundido y mediatizado por lo que entiendo se pueden obviar detalles y sobre todo las referencias técnico-jurídicas con las que tanto nos gusta regodearnos a los abogados, y aburrir al resto de la humanidad, pero se me ocurre pensar que si quizás algún desprevenido pudiera preguntarnos, “pero a este médico, porque lo condenaron?” la respuesta coherente -que resume todo el caso-debería ser…“porque no quiso matar a un niño en una guardia de hospital”.
Nada para sorprenderse con este fallo de dos jueces militantes del aborto, una de ellas recusada por la defensa por ese motivo. Es que desde el inicio de esta historia la condena estuvo “cantada” y a la vista de todo el mundo. Mediáticamente alimentado se desarrolló este drama de injusticia que debería avergonzar al sistema judicial rionegrino, y al país entero, con un resultado judicial que estuvo ideológicamente premeditado desde el mismo instante que la denunciante, la legisladora con más poder político de Cipolletti, Marta Milesi, presento su escrito de denuncia en el ministerio fiscal, y el fiscal jefe, Santiago Márquez Gauna, la asume con ahínco en una tarea personal de demolición moral, social, profesional y familiar sobre quien él considera como el representante del modelo “hegemónico” de la medicina, que tuvo la osadía de “desobedecer” el imperativo abortista rionegrino, del cual el fiscal y estos jueces son devotos seguidores, simplemente por abstenerse de dañar a un niño por nacer cumpliendo con un mandato universal plasmado en forma expresa en la Constitución Nacional, en los Tratados de Derechos Humanos y en la Constitución de RioNegro. Pero en Rio Negro, se juzga y condena por “representaciones simbólicas” o “perspectivas”, no por los hechos.
Para el sistema y los operadores judiciales, y mediáticos, salvo honrosas excepciones, esta condena sería la única manera de satisfacer y reparar el daño al “bien jurídico” artificialmente construido para este caso, ya que nunca importo de verdad la joven agredida sexualmente, ella solo fue usada como rehén y excusa para la condena, y lo único que se buscó proteger en este juicio fue el aborto en sí mismo, el aborto como premisa y paradigma a cumplir coactivamente, a como dé lugar, caiga quien caiga, bajo cualquier circunstancia y en cualquier situación, incluso en peligro de la salud misma de la joven gestante, en cualquier edad gestacional, si es necesario, ¡hasta el mismo instante de nacer!… porque, como se atrevió a decir en su alegato el fiscal, la ley “no tiene plazos”.
Pero aun frente a lo absurdo y sinsentido de la condena, existe algo más grave todavía, y es el mensaje de estos jueces rionegrinos para ese niño…“vos no deberías haber nacido, pero como naciste, el medico que ayudo a que ello ocurriera debe ser castigado”, mal que les pese a estos magistrados que creen que escondiéndose, en sus fallos, detrás de alambicados sofismas y clichés jurídicos, van a poder escapar al juicio de su conciencia moral y al de la Historia.
Porque, no lo duden, la condena del médico es la condena del niño, es la inevitable y lógica consecuencia del discurso jurídico esgrimido en este juicio, consecuencia que estas “señorías” deberían asumir y de la que deben hacerse cargo.Claro, porque si te animas a EXIGIR la muerte intrauterina a como sea, y así lo hizo el fiscal más de una vez en sus alegatos sin que se le mueva un pelo, y los jueces se lo receptaron, también sin pestañar siquiera, tenes que hacerte cargo y asumir que lo que estás haciendo es pedir -y los jueces conceder-la declaración judicial de la “necesaria” muerte en modo “retroactivo” de este mismo niño, que primero estaba por nacer, luego nació ya hora camina, ríe, juega y vive con su familia adoptiva.
Por eso, es notable el proceso de disociación que debieron llevar adelante en su psiquis estos jueces y fiscales para permitirse sostener el juicio y luego la condena, disociación que consiste, precisamente, en escindir la realidad biológica, jurídica y humana del niño en gestación que ingreso a esa guardia,de la incontrastable existencia de ese mismo niño aquí y ahora. Aparentemente la perspectiva de género se los permite.
Al final, han hecho algo terrible y desolador de lo que algún día deberán dar cuentas, le han quitado legitimidad jurídica a la existencia de este niño, pues para ellos debió morir a manos de Leandro Rodríguez Lastra ese 2 de abril del 2017.
Imposible no recordar a T.S Eliot cuando dice que en un mundo de fugitivos el que tome la dirección contraria pasara por “desertor”, pues aquí no se podría haber llegado a esta instancia de condena sin fugarse de la verdad, claudicando de la razón, del sentido común, del derecho penal y sin dudarlo de la Constitución, de ambas, de la rionegrina y de la nacional, y ellos lo saben. Aun así, Leandro, como buen “desertor” debe estar orgulloso, cumplió con el verdadero deber que le marcaban los tres imperativos de VIDA presentes esa noche en la guardia del Hospital Moguillanski de Cipolletti, el Imperativo Ético, el Imperativo Médico y el Imperativo Constitucional, a pesar de que haya sido ese cabal cumplimiento el sustento de su condena.Lastimosa hazaña han logrado estos jueces y fiscales, hacer del bien un mal…y del mal un paradigma de bien. ¿Que nos queda? Asumir, junto a Leandro, nuestra condición de desertores de esta locura y mantener viva la sed y el hambre de justicia.
*El autor es abogado.
Un comentario en “Crónica de una condena anunciada”